Cuando la «separación» se llamaba «divorcio» en España, hasta el año 1958

En España la denominación jurídica tradicional de la figura de la separación matrimonial, es decir, separación de cuerpos y bienes sin extinción del vínculo y, por tanto, sin posibilidad de contraer nuevo matrimonio, era el término «divorcio». Ese «divorcio» existía en España antes del Código Civil, se incluyó en el Código Civil cuando se aprobó en 1889 y siguió existiendo después, hasta que se suprimió del Código Civil en el año 1958, ya cuando la dictadura franquista llevaba dos décadas por Ley de 24 de abril de 1958 por la que se modifican determinados artículos del Código civil, la cual reformó el Código Civil en diversas cuestiones de Derecho de Familia y por la cual el término «divorcio» se sustituyó por la expresión «separación personal»; pero el término «divorcio» existió con dos distintos significados jurídicos según las épocas, por una parte lo que hoy entendemos como separación, que es lo que fue siempre hasta 1958 con el paréntesis de la Segunda República, y por otra lo que hoy entendemos como divorcio en la época de la Constitución de 1978. El divorcio como extinción del vínculo, no ya como separación, se introdujo en España por primera vez con la normativa de divorcio de la Segunda República, en 1932, derogada por el franquismo; pero ello no significa que antes de la Ley de Divorcio de 1932 no existiera la denominación de «divorcio», aunque como equivalente a la actual separación que no extinguía el vínculo, ni que dejara de existir ese término jurídico cuando la ley de 1932 se derogó.

En los archivos históricos digitales del Colegio de la Abogacía de Madrid (Patrimonio documental ICAM) se pueden consultar, en abierto, documentos judiciales y extrajudiciales de pleitos de divorcio del siglo XIX y XX, tanto de fechas anteriores a la aprobación del Código Civil como de fechas posteriores antes de la Ley de divorcio de 1932; basta con introducir la palabra «divorcio» en el buscador de esa página. A continuación se van a incluir, a modo de mero ejemplo, unos pocos de esos documentos procesales y extraprocesales del siglo XIX, descargados de la página del ICAM, en materia de pleitos de divorcio, con enlaces a la web ICAM donde están archivados; quien tenga interés puede localizar en la web ICAM más documentos.

  • Documento del año 1920. Procedimiento de la condesa de Alpuente con su marido sobre divorcio. El procurador remite documentos del pleito de divorcio, en ejecución y con recurso ante el Tribunal Supremo. Se incluyen dos documentos, con fecha.

Verónica del Carpio Fiestas

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